Convocatoria de las ayudas LEADER para la realización de operaciones conforme a las estrategias de desarrollo local LEADER, para el ejercicio 2018. DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD
ORDEN DRS/1691/2017, de 26 de octubre
La finalidad de las subvenciones convocadas es el apoyo de actuaciones dirigidas a fomentar la creación de empleo, la diversificación económica, la innovación, la conservación y mejora medioambiental, y la mejora de la calidad de vida en el medio rural aragonés las actividades subvencionables se enmarcan en uno de los siguientes ámbitos de programación:
- Proyectos productivos:
a.1) Mejora de la accesibilidad a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) así como su uso en las zonas rurales, para agentes privados.
a.2) Mejora de la competitividad de las PYMES.
a.3) Producción de energías renovables para autoconsumo y eficiencia energética de empresas.
- Cooperación entre particulares.
- Proyectos no productivos.
c.1) Mejora de la accesibilidad a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) así como su uso en las zonas rurales, para entidades públicas locales y sin ánimo de lucro.
c.2) Eficiencia energética en entidades públicas locales y sin ánimo de lucro.
c.3) Inversiones y acciones de formación y divulgación en relación con la conservación y protección del medio ambiente.
c.4) Inversiones y acciones de formación y divulgación en materia de cambio climático.
c.5) Inversiones materiales para la creación de empleo
c.6) Acciones formativas en materia de empleo, espíritu emprendedor, creación de empresas y adaptación de los trabajadores, las empresas y los empresarios al cambio.
c.7) Infraestructura social.
- No podrán ser objeto de subvención las actividades ya realizadas antes de la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
PROYECTOS PRODUCTIVOS
Beneficiarios en los proyectos productivos.
Según el artículo 6 de las bases reguladoras, en las ayudas por proyectos productivos:
- Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas que ejecuten acciones, incluidas en las estrategias de desarrollo local LEADER, entre otros, Cuando el beneficiario sea una empresa, para optar a la ayuda deberá tener un máximo de 20 trabajadores y un volumen de negocio anual o balance general anual que no supere los 4 millones de euros.
Subvencionabilidad de gastos en los proyectos productivos, serán subvencionables los siguientes gastos:
- La construcción, adquisición (incluido el arrendamiento financiero con opción de compra) o mejora de un inmueble que esté afecto al fin para el que se subvenciona la actuación.
- La compra o arrendamiento con opción de compra de nueva maquinaria y equipo, hasta el valor de mercado del producto.
- Los costes generales vinculados a los gastos contemplados en las letras a) y b), tales como honorarios de arquitectos e ingenieros, o los relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental, incluidos los estudios de viabilidad.
Los estudios de viabilidad se considerarán gastos subvencionables aun cuando, atendiendo a su resultado, no lleguen a efectuarse gastos contemplados en las letras a) y b).d)
Las inversiones intangibles consistentes en la adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas, los gastos de promoción y publicidad para nuevas actividades, los gastos de creación de la marca comercial y los de diseño de embalajes
Cuantía de la subvención.
- La ayuda tendrá carácter de subvención de capital.
- En los proyectos productivos la subvención tendrá los siguientes límites máximos del gasto elegible y justificado: 35% en las inversiones ubicadas en la en la provincia de Teruel. En el caso de inversiones relacionadas con la transformación y comercialización de productos incluidos en el anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, el límite de ayuda será del 40% para las tres provincias.
Régimen de compatibilidad.
Para proyectos productivos, las subvenciones convocadas serán incompatibles con cualquier otra ayuda para la misma finalidad.
Régimen de concesión.
- La concesión de las ayudas se tramitará por el procedimiento de concurrencia competitiva ordinaria y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.
La convocatoria es abierta. Se establecen los siguientes plazos para la presentación de solicitudes para cada uno de los procedimientos de selección de los que consta:
- Procedimiento de selección primero: desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el “Boletín Oficial de Aragón”, hasta el día 28 de febrero de 2018.
- Procedimiento de selección segundo: desde el día 1 de marzo de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2018.
(Fuente: Boletín Oficial de Aragón nº 2012 de 06/11/2017)