Convocatoria de las ayudas LEADER para la realización de operaciones conforme a las estrategias de desarrollo local LEADER, para el ejercicio 2018. DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

ORDEN DRS/1691/2017, de 26 de octubre

La finalidad de las subvenciones convocadas es el apoyo de actuaciones dirigidas a fomentar la creación de empleo, la diversificación económica, la innovación, la conservación y mejora medioambiental, y la mejora de la calidad de vida en el medio rural aragonés las actividades subvencionables se enmarcan en uno de los siguientes ámbitos de programación:

 

  1. Proyectos productivos:

 

a.1) Mejora de la accesibilidad a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) así como su uso en las zonas rurales, para agentes privados.

 

a.2) Mejora de la competitividad de las PYMES.

 

a.3) Producción de energías renovables para autoconsumo y eficiencia energética de empresas.

 

  1. Cooperación entre particulares.
  2. Proyectos no productivos.

c.1) Mejora de la accesibilidad a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) así como su uso en las zonas rurales, para entidades públicas locales y sin ánimo de lucro.

 

c.2) Eficiencia energética en entidades públicas locales y sin ánimo de lucro.

 

c.3) Inversiones y acciones de formación y divulgación en relación con la conservación y protección del medio ambiente.

 

c.4) Inversiones y acciones de formación y divulgación en materia de cambio climático.

 

c.5) Inversiones materiales para la creación de empleo

 

c.6) Acciones formativas en materia de empleo, espíritu emprendedor, creación de empresas y adaptación de los trabajadores, las empresas y los empresarios al cambio.

 

c.7) Infraestructura social.

 

  1. No podrán ser objeto de subvención las actividades ya realizadas antes de la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

 

PROYECTOS PRODUCTIVOS

Beneficiarios en los proyectos productivos.

Según el artículo 6 de las bases reguladoras, en las ayudas por proyectos productivos:

  1. Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas que ejecuten acciones, incluidas en las estrategias de desarrollo local LEADER, entre otros, Cuando el beneficiario sea una empresa, para optar a la ayuda deberá tener un máximo de 20 trabajadores y un volumen de negocio anual o balance general anual que no supere los 4 millones de euros.

 

Subvencionabilidad de gastos en los proyectos productivos, serán subvencionables los siguientes gastos:

 

  1. La construcción, adquisición (incluido el arrendamiento financiero con opción de compra) o mejora de un inmueble que esté afecto al fin para el que se subvenciona la actuación.

 

  1. La compra o arrendamiento con opción de compra de nueva maquinaria y equipo, hasta el valor de mercado del producto.

 

  1. Los costes generales vinculados a los gastos contemplados en las letras a) y b), tales como honorarios de arquitectos e ingenieros, o los relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental, incluidos los estudios de viabilidad.

 

Los estudios de viabilidad se considerarán gastos subvencionables aun cuando, atendiendo a su resultado, no lleguen a efectuarse gastos contemplados en las letras a) y b).d)

Las inversiones intangibles consistentes en la adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas, los gastos de promoción y publicidad para nuevas actividades, los gastos de creación de la marca comercial y los de diseño de embalajes

 

Cuantía de la subvención.

 

  1. La ayuda tendrá carácter de subvención de capital.
  2. En los proyectos productivos la subvención tendrá los siguientes límites máximos del gasto elegible y justificado: 35% en las inversiones ubicadas en la en la provincia de Teruel. En el caso de inversiones relacionadas con la transformación y comercialización de productos incluidos en el anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, el límite de ayuda será del 40% para las tres provincias.

Régimen de compatibilidad.

Para proyectos productivos, las subvenciones convocadas serán incompatibles con cualquier otra ayuda para la misma finalidad.

Régimen de concesión.

 

  1. La concesión de las ayudas se tramitará por el procedimiento de concurrencia competitiva ordinaria y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.

 

La convocatoria es abierta. Se establecen los siguientes plazos para la presentación de solicitudes para cada uno de los procedimientos de selección de los que consta:

 

  1. Procedimiento de selección primero: desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el “Boletín Oficial de Aragón”, hasta el día 28 de febrero de 2018.
  2. Procedimiento de selección segundo: desde el día 1 de marzo de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2018.

 

(Fuente: Boletín Oficial de Aragón nº 2012 de 06/11/2017)

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