Préstamos con garantías
Destinada a financiar inversiones o necesidades de circulante vinculadas a esas inversiones. Cuantías de 25.000€ a 200.000€.
Cuantía
Entre 25.000€ y 200.000€
La financiación máxima de SUMA Teruel será de un máximo del 35 % de las necesidades actuales de financiación.
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Requisitos
Sociedades pertenecientes a cualquier sector empresarial con exclusión de los sectores financiero e inmobiliario.
Empresas que ejerzan su actividad en la provincia de Teruel o emprendedores que vayan a crear una empresa en la provincia de Teruel, que busquen financiar nuevas inversiones o circulante vinculado a estas inversiones.
Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Condiciones
Se financiarán los proyectos entre SUMA Teruel y una Entidad Financiera, ambas operaciones contarán con garantías aunque las de SUMA Teruel podrán ser de menor rango y en los porcentajes que la entidad financiera proponga.
Tipos de interés
Interés
- Tramo único: Euribor a 12 meses + 3,50 %
Bonificaciones a tipo de interés: Se podrá rebajar el tipo de interés del tramo fijo en 0.25% por cumplir tres de las condiciones siguientes:
- Creación de empresas (empresas < 24 meses)
- Creación de empleo
- Domicilio social en la provincia de Teruel
- PYME (menos de 50 trabajadores)
- Municipio menos 5.000 habitantes
- Alto contenido en I+D+I, empleo nuevas tecnologías, generación valor añadido productos locales u orientación hacia la exportación, proyectos que realicen medidas medioambientales por encima le las obligatorias legalmente
- Promotor perteneciente a uno de estos grupos: mujer, menor de 25 años, promotor de más de 55 años, discapacitados con un grado de invalidez igual o superior al 33%, empresa de economía social
En caso de que el Euribor sea negativo a efectos de sumarlo al tipo diferencial para establecer el tipo aplicable se entenderá que es cero, sin que en ningún caso pueda minorar el diferencial del Euribor aplicado
Amortización
Entre 2 y 10 años
Carencia
Hasta dos años.
Garantías
Será necesaria la aportación de garantías, aunque estas sean de menor rango que las de la entidad financiera.
Se podrán reducir los tipos de interés en función de la aportación de garantías suficientes:
- Garantías hipotecarias; reducción de hasta 1 puntos porcentuales del tipo de interés.
- Garantías personales; reducción de hasta 0,5 puntos porcentuales del tipo de interés.